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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Quinta Parte; Pág. 34
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CITACION ILEGAL AL JUICIO A LOS. VIOLACION AL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 62, Quinta Parte; Pág. 34
Se viola el procedimiento, en términos de la fracción I del artículo 159 de la Ley de Amparo, cuando al citar a juicio al trabajador no se le concede el plazo que, en razón a la distancia, le corresponde conforme al artículo 130 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Precedentes
Amparo directo 1126/73. Junta Federal de Mejoras Materiales de Ciudad Juárez, Chihuahua. 7 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Secretario: Leandro Fernández Castillo.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "CITACION ILEGAL AL JUICIO, VIOLACION AL PROCEDIMIENTO POR. TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.".