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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243867
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Quinta Parte; Pág. 21

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. PERSONAL DE AUXILIARES DE SERVICIOS GENERALES DE LA UNIDAD MEDICA. ES LABOR OBLIGATORIA LA DE LLAMAR A LOS MEDICOS DE GUARDIA EN CASO NECESARIO.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Quinta Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 1805/73. Pedro Antonio Manuel Laguna Reynoso. 18 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Registro digital (IUS): 243867