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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243880
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Quinta Parte; Pág. 60

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. PROFESORES. MALA CONDUCTA COMO CAUSA DE CESE.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Quinta Parte; Pág. 60

Precedentes

Amparo directo 2512/73. Secretario de Educación Pública. 28 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 11, página 22. Amparo directo 1882/69. Secretario de Educación Pública. 14 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Nota: En el Volumen 11, página 22, la tesis aparece bajo el rubro "PROFESORES, MALA CONDUCTA DE LOS, COMO CAUSA DE CESE.".
Registro digital (IUS): 243880