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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Quinta Parte; Pág. 29
EXCEPCIONES. OPORTUNIDAD PARA OPONER LAS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Quinta Parte; Pág. 29
Para que la Junta pueda proceder a examinar las excepciones, éstas deben ser opuestas en la audiencia de demanda y excepciones, por ser en ella en la que se fija la litis.
Precedentes
Amparo directo 2618/72. Arturo Pérez Barrios. 30 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "EXCEPCION EXTEMPORANEA.".