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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243889
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Quinta Parte; Pág. 31

FERROCARRILEROS. TIEMPO EXTRA REGULAR Y PERMANENTE. PAGO DEL 16.66% DEL SEPTIMO DIA.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Quinta Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 1383/72. Antonio Enciso Gómez y otros. 7 de diciembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 39, página 24. Amparo directo 4709/71. Tomás Cedillo Hernández y coagraviados. 23 de marzo de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Nota: En el Volumen 39, página 24, la tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILEROS, TIEMPO EXTRA EVENTUAL Y TIEMPO EXTRA REGULAR Y PERMANENTE LABORADO POR LOS. SEPTIMO DIA.". En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "DERECHO A PAGO DEL 16.66% SOBRE EL TIEMPO EXTRA REGULAR Y PERMANENTE.".
Registro digital (IUS): 243889