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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Quinta Parte; Pág. 33
PRUEBA PERICIAL. EL OFERENTE DEBE PRESENTAR A SUS PERITOS ANTE LA JUNTA PARA QUE MANIFIESTEN SI ACEPTAN Y PROTESTAN DESEMPEÑAR EL CARGO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Quinta Parte; Pág. 33
De acuerdo con lo previsto en el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo de 1931, cada parte debe presentar ante la Junta a los peritos que pretenda sean oídos, por lo que si el oferente de una prueba pericial se abstiene de hacer comparecer al perito que haya designado, dentro del término concedido, para que exprese si acepta y protesta desempeñar el cargo, la Junta no está obligada a designar otro en lugar del propuesto, ya que no tiene aplicación supletoria el artículo 147 del Código Federal de Procedimientos Civiles, pues el citado precepto de la ley laboral no deja lugar a duda respecto a la obligación de las partes de presentar a sus peritos. En consecuencia, cuando la Junta en las circunstancias indicadas declara desierta la prueba pericial, no viola garantía constitucional alguna.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 49, página 48. Amparo directo 4021/71. Carlos Mauleón González. 18 de enero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Volumen 60, página 33. Amparo directo 1361/71. David Sánchez Vargas. 27 de octubre de 1971. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen 25, página 51. Amparo directo 2260/70. José García Camacho. 27 de enero de 1971. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL, LAS PARTES DEBEN PRESENTAR A SUS PERITOS PARA QUE MANIFIESTEN SI ACEPTAN Y PROTESTAN DESEMPEÑAR EL CARGO.".