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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243921
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Quinta Parte; Pág. 39

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTAS INJUSTIFICADAS DE LOS. SU MULTIPLICIDAD ES CAUSA DE CESE.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Quinta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 961/73 Secretario de Educación Pública. 12 de noviembre de 1973. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 43, página 54. Amparo directo 5341/70. Secretario de Educación Pública. 18 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "FALTAS INJUSTIFICADAS, SU MULTIPLICIDAD ES CAUSA DE CESE DEL EMPLEADO.". En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "PROFESORES, LA MULTIPLICIDAD DE LAS FALTAS INJUSTIFICADAS DE LOS, ES CAUSA DE CESE.".
Registro digital (IUS): 243921