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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Quinta Parte; Pág. 41
VACANTE. O PUESTO DE NUEVA CREACION. FALTA DE SOLICITUD PARA OCUPARLOS CUANDO EXISTE CONTRATO COLECTIVO CON CLAUSULA DE INGRESO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Quinta Parte; Pág. 41
Si entre empresa y sindicato existe celebrado un contrato colectivo de trabajo en el que figura la cláusula de admisión, el trabajador que aspire a ocupar un puesto vacante o de nueva creación no está obligado a presentar la solicitud escrita a la empresa a que se refieren los artículos 154 y 155 del código laboral.
Precedentes
Amparo directo 3646/73. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Sección 39. 22 de noviembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 54, Quinta Parte, página 35, tesis de rubro "VACANTES O PUESTOS DE NUEVA CREACION. EFECTOS DE LA FALTA DE SOLICITUD PARA OCUPARLOS.".