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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 243981
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Quinta Parte; Pág. 39
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS, POR ACTIVIDADES POLITICAS (SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA).
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Quinta Parte; Pág. 39
Si el trabajador se dedica a actividades políticas, haciendo labor de agitación en contra del gobierno, debe concluirse que aquel no desempeña sus labores con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, con sujeción a la dirección de sus jefes y condiciones de trabajo respectivas, no cumple con las obligaciones generales de trabajo, y con su conducta causa deficiencia en las labores que le están encomendadas por razón del cargo que desempeña, con infracción de los artículos 18 y 44, fracciones I, II y VII de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en relación con las fracciones IX y X del artículo 25, y con la fracción VII del artículo 26 del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública; por tanto, con esta actitud el trabajador da causa suficiente para ser cesado y su nombramiento o designación dejará de surtir efectos sin responsabilidad para el titular de la dependencia.
Precedentes
Amparo directo 641/73. Secretario de Educación Pública. 26 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.