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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
243995
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 33

FERROCARRILEROS, DESCUENTOS PRACTICADOS A LOS. QUE SE ENTIENDE POR ACTOS U OMISIONES DOLOSAS. CLAUSULA 247 DEL CONTRATO COLECTIVO VIGENTE.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo directo 1753/73. Jesús Cuevas Montejano. 30 de agosto de 1973. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 55, página 21. Amparo directo 703/73. Luis Córdova López. 13 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Volumen 50, página 17. Amparo directo 4518/72. Vicente García Banda. 9 de febrero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen 28, página 29. Amparo directo 4787/70. Higinio Soto Vargas. 23 de abril de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra. Nota: En el Volumen 55, página 21, la tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILEROS. DESCUENTOS EN LOS SALARIOS DE LOS TRABAJADORES POR ACTOS U OMISIONES DOLOSAS.". En el Volumen 28, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILES. SALARIO. DESCUENTOS. CASO EN QUE LA EMPRESA ESTA FACULTADA PARA HACERLOS.".
Registro digital (IUS): 243995