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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 39
PETROLEROS. PUESTOS DEFINITIVOS DE NUEVA CREACION. PREFERENCIA DE LOS TRABAJADORES SUJETOS A REACOMODO PARA OCUPARLOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 39
El hecho de que un trabajador ocupe en diferentes ocasiones, con el carácter de transitorio, un puesto creado por necesidades permanentes del servicio, no significa necesariamente, que al convertirse en permanente de nueva creación y por la antigüedad del propio trabajador, tenga que asignársele, si existen trabajadores reajustados con derechos preferentes para ocupar esos puestos.
Precedentes
Amparo directo 1539/73. Daniel Segura Cerecedo. 6 de agosto de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XXXII, Quinta Parte, página 58, tesis de rubro "PETROLEROS. PUESTOS DE NUEVA CREACION PARA TRABAJADORES REAJUSTADOS.".