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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244006
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 45
RELACION DE TRABAJO, TERMINACION DE LA, POR MUTUO CONSENTIMIENTO. EN QUE MOMENTO SE CONFIGURA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 45
La renuncia al trabajo lleva implícita la decisión unilateral del trabajador de dar por terminada la relación de trabajo, y configura la causal de terminación de contrato por mutuo consentimiento, a que se refiere el artículo 53, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, desde el momento en que el patrón acepta que el trabajador ya no le preste sus servicios.
Precedentes
Amparo directo 1181/73. Rubén Juárez Pérez. 6 de agosto de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.