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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 51
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE LOS. COMPUTO DEL TERMINO DE PRESCRIPCION DE LA ACCION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Quinta Parte; Pág. 51
De acuerdo con el artículo 113, fracción II, inciso c), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, el término de cuatro meses para ejercitar la acción a que se refiere dicha disposición legal, empieza a contar desde que son conocidas las causas que la fundamentan, mismas que pueden ser del conocimiento desde el momento en que se producen.
Precedentes
Amparo directo 1394/73. Secretario de Agricultura y Ganadería. 17 de agosto de 1973. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Véase Semanario Judicial de la Federación:
Séptima Epoca, Volumen 10, Quinta Parte, página 68, tesis de rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES PARA CESAR, SUSPENDER, O DISCIPLINAR A LOS. DEBE AGOTARSE LA INVESTIGACION ADMINISTRATIVA.".
Sexta Epoca, Volumen LXVIII, Quinta Parte, página 22, tesis de rubro "TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA EL CESE DE LOS.".