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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Quinta Parte; Pág. 51
QUEJA. SIN MATERIA, POR CONFORMIDAD CON EL LAUDO DEBATIDO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Quinta Parte; Pág. 51
Si el recurrente manifiesta que se conforma con el laudo materia del recurso de queja, y solicita que se sobresea dicho recurso, se está en el caso no de sobreseer, pues el sobreseimiento sólo opera en el caso del desistimiento del recurso de revisión o del juicio de amparo, sino de declarar que carece de materia el susodicho recurso de queja.
Precedentes
Queja 189/72. Bernardo Ramos Salgado. 27 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.