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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244045
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 17

FERROCARILEROS, JUBILACION DE LOS. NO INCREMENTAN LA PENSION DE ALGUNOS TRABAJADORES LAS PERCEPCIONES QUE POR TIEMPO EXTRA NO HAYAN SIDO LABORADAS EN FORMA REGULAR Y PERMANENTE.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo directo 4994/72. Pedro Arrechea Velazco. 6 de junio de 1973. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ramírez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 36, Quinta Parte, página 25, tesis de rubro "FERROCARRILEROS, JUBILACION DE LOS. CASO EN EL QUE EN EL MONTO DE LA PENSION RELATIVA NO DEBE INCLUIRSE EL TIEMPO EXTRAORDINARIO.".
Registro digital (IUS): 244045