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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 33
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE CONFIANZA, CESE DE LOS, SIN RESPONSABILIDAD PARA EL ESTADO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 33
Si la plaza que tenía el trabajador era de confianza por estar incluida en la fracción II del artículo 5o., de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, puede ser cesado sin responsabilidad para éste, pues los trabajadores de confianza se encuentran al margen de las prerrogativas que concede dicha ley a sus servidores públicos.
Precedentes
Amparo directo 4375/72. Francisco Esparza Villalobos. 4 de junio de 1973. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "TRABAJADORES DE CONFIANZA, CESE DE LOS SIN RESPONSABILIDAD PARA EL ESTADO.".