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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 41
CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 41
Son inoperantes los conceptos de violación y debe negarse el amparo, si quien ocurre a éste no combate las consideraciones fundamentales que rigen el laudo reclamado, sino que introduce en sus conceptos de violación cuestiones que no formaron parte de la controversia laboral.
Precedentes
Amparo directo 5224/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 25 de abril de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 43, página 25. Amparo directo 5845/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Nota: En el volumen 43, página 25, la tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES. NEGATIVA DEL AMPARO Y NO SOBRESEIMIENTO.".