Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/244084
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244084
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 53, Quinta Parte; Pág. 27
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SUPRESION DE UNA PLAZA. TERMINO PARA DEMANDAR EL OTORGAMIENTO DE OTRA EQUIVALENTE.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 53, Quinta Parte; Pág. 27
Si un trabajador ocupa una determinada plaza y por supresión de ésta causa baja para ocupar otra como interino, el término de la prescripción para demandar el otorgamiento de una plaza equivalente a la suprimida, comienza a contar a partir de la fecha de la baja, si con el citado cambio se considera despedido de ella, de conformidad con el artículo 113, fracción II, inciso b), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Precedentes
Amparo directo 251/73. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 10 de mayo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.