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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 52, Quinta Parte; Pág. 17
FERROCARRILEROS. SUPRESION DE PUESTOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 52, Quinta Parte; Pág. 17
En casos de supresión de puestos que afecten intereses o derechos de los trabajadores ferrocarrileros debe acreditarse previamente la necesidad de la medida, además de recabar la conformidad del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 185 del respectivo contrato colectivo de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 5004/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 27 de abril de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.