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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244102
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 52, Quinta Parte; Pág. 58

PRUEBAS DESAHOGADAS ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACION, DEBEN TOMARSE EN CUENTA EN EL PERIODO DE ARBITRAJE LAS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 52, Quinta Parte; Pág. 58

Precedentes

Amparo directo 5943/72. Francisco González y otros. 6 de abril de 1973. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 37, página 30. Amparo directo 4490/71. Juan Marín y coagraviados. 13 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Registro digital (IUS): 244102