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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 51, Quinta Parte; Pág. 25
DOCUMENTOS NO OBJETADOS, VALOR DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 51, Quinta Parte; Pág. 25
Si el documento privado ofrecido como prueba por una de las partes, no es objetado en cuanto a su autenticidad, tiene valor probatorio pleno para acreditar el hecho respectivo.
Precedentes
Amparo directo 4736/72. Isabel Flores Maya. 29 de marzo de 1973. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Véase Semanario Judicial de la Federación:
Sexta Epoca, Volumen LXXI, Quinta Parte, página 10, tesis de rubro "DOCUMENTOS PRIVADOS, CUANDO TIENEN VALOR LOS.".
Quinta Epoca, Tomo CXVII, página 1306, tesis de rubro "DOCUMENTOS, AUTENTICIDAD DE LOS.".