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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244129
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 51, Quinta Parte; Pág. 61
SALARIO, ACCION DE PAGO DE DIFERENCIAS DE, POR DESEMPEÑO DE LABORES DE SUPERIOR CATEGORIA. LA PRUEBA PERICIAL ES LA IDONEA PARA PROBARLO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 51, Quinta Parte; Pág. 61
La prueba pericial y no la testimonial es la idónea para acreditar la acción de pago de diferencias de salarios por desempeño de labores de superior categoría a las que se ostenta, porque la diferenciación de labores constituye una apreciación de hechos que requiere, de parte del observador, una preparación especial obtenida por el estudio de la materia a que se refiere o de la experiencia personal que proporciona el ejercicio de una profesión u oficio; es decir, la necesidad de la prueba pericial está en relación con el carácter más o menos técnico de la cuestión sometida al conocimiento de la Junta y no puede considerarse que tal apreciación pueda proporcionarla el testigo, porque a éste sólo se le exige el conocimiento de la materialidad de los hechos, mas no la apreciación técnica de los mismos.
Precedentes
Amparo directo 4389/72. Julio Gallegos Cruz. 1o. de marzo de 1973. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.