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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244157
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Quinta Parte; Pág. 24
DOBLETES, FORMA EN QUE DEBE PAGARSE EL TIEMPO EXTRA EN LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Quinta Parte; Pág. 24
En los casos en que los trabajadores prolonguen la jornada normal por inasistencia de los relevos; esto es, que "dobleteen", el exceso de 9 horas a que se refiere el artículo 68 de la Ley Federal del Trabajo debe pagarse con un 200% más de salario.
Precedentes
Amparo directo 5218/71. Compañía Minera Mexicana Peñoles, S.A., Unidad Avalos Zacatecas. 25 de enero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.