Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/244166
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244166
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Quinta Parte; Pág. 46

PETROLEROS DE PLANTA Y TRANSITORIOS, ANTIGÜEDAD DE LOS. DIFERENCIAS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Quinta Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo directo 3913/72. Felipe Garcidueñas Arias. 10 de enero de 1973. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 43, página 39. Amparo directo 1818/70. Sección Trece del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana y coagraviados. 5 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volúmen 18, página 51. Amparo directo 6169/69. Petróleos Mexicanos. 18 de junio de 1970. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Nota: En el Volumen 43, página 39, la tesis aparece bajo el rubro "PETROLEROS, ANTIGÜEDAD DE LOS.". En el Volumen 18, página 51, la tesis aparece bajo el rubro "PETROLEOS MEXICANOS, ANTIGÜEDAD Y ANTIGÜEDAD DE EMPRESA EN.".
Registro digital (IUS): 244166