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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Quinta Parte; Pág. 47
PETROLEROS, POLIZA SINDICAL INSTITUIDA POR LA SECCION 30 DEL SINDICATO, REQUISITOS PARA TENER DERECHO A LA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Quinta Parte; Pág. 47
Para tener derecho a la póliza sindical, que el once de mayo de mil novecientos sesenta y cinco, la Sección 30 del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, instituyó en favor de sus agremiados, es requisito indispensable que los reclamantes hayan sido designados beneficiarios por el trabajador finado, y que éste hubiere sido socio activo o trabajador jubilado con posterioridad a la fecha en que se instituyó dicha póliza.
Precedentes
Amparo directo 5173/72. Rita Cordero Rosas. 26 de enero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.