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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244192
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Quinta Parte; Pág. 51

SALARIO, DERECHO DEL PATRON PARA HACER DEDUCCIONES AL, POR ERRORES DE SUS TRABAJADORES.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Quinta Parte; Pág. 51

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 42, página 97. Amparo directo 4821/70. Petróleos Mexicanos. 12 de mayo de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Volumen 42, página 97. Amparo directo 4207/71. Narciso Martínez Morgan. 28 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Volumen 46, página 45. Amparo directo 2285/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen 46, página 45. Amparo directo 2404/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 16 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Volumen 46, página 45. Amparo directo 1177/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 20 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Registro digital (IUS): 244192