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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Quinta Parte; Pág. 20
FERROCARRILEROS. ESPECIALIDAD DE VIA Y CONEXOS. PAGO DEL "TIEMPO INACTIVO" SEGUN LA CLAUSULA 2499 DE LAS PREVENCIONES DE LA CITADA ESPECIALIDAD.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Quinta Parte; Pág. 20
De acuerdo con la fracción III de la cláusula 2499 (en relación con la sexta de prevenciones generales) y las 2351 a 2353 y 2590 de las Prevenciones Particulares de Vía y Conexos, que rigen en Ferrocarriles Nacionales de México, para que un trabajador tenga derecho al pago del "tiempo inactivo", a que se refiere la primera de dichas cláusulas, es necesario que los lugares en que haya laborado, se encuentren no sólo fuera de su residencia, sino también fuera de la división a que pertenece.
Precedentes
Amparo directo 1647/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 6 de noviembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 44, página 26. Amparo directo 5820/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen 42, página 25. Amparo directo 845/72. Norberto Camarillo López. 23 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Nota: En el Volumen 42, página 25, la tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILEROS. ESPECIALIDAD DE VIAS Y CONEXOS. PAGO AL PERSONAL DE PUENTES Y EDIFICIOS, ETC., DEL "TIEMPO INACTIVO" A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA 249 DE LAS PREVENCIONES DE LA CITADA ESPECIALIDAD.".