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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244218
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Quinta Parte; Pág. 56

RESPONSABILIDAD ECONOMICA Y DETERMINACION DEL DAÑO CAUSADO. PRESCRIPCION.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Quinta Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 2542/72. Agustín Martínez Sibaja. 29 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 29, página 46. Amparo directo 4821/70. Petróleos Mexicanos. 12 de mayo de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Nota: En el Volumen 29, página 46, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION. PLAZOS PARA FINCAR LA RESPONSABILIDAD PECUNIARIA Y PARA HACERLA EFECTIVA, CUANDO SE TRATA DE DAÑOS Y PERJUICIOS A LA EMPRESA.". En el Informe de 1971, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION. PLAZOS PARA FINCAR LA RESPONSABILIDAD PECUNIARIA Y HACERLA EFECTIVA CUANDO SE TRATA DE DAÑOS Y PERJUICIOS A LA EMPRESA.".
Registro digital (IUS): 244218