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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244252
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 45, Quinta Parte; Pág. 20

AGUINALDO, NATURALEZA DEL.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 45, Quinta Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo directo 170/72. Anderson Clayton & Company, S.A. 5 de septiembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: J. Jesús Rendón Huerta. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 44, página 13. Amparo directo 1644/72. Radio Emisora Occidental, S. de R.L. 3 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Nota: En el Volumen 44, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "AGUINALDO ANUAL Y FONDO DE AHORRO. SON PRESTACIONES INDEPENDIENTES UNA DE OTRA.".
Registro digital (IUS): 244252