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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 45, Quinta Parte; Pág. 34
FERROCARRILEROS, JUBILACION DE LOS. FALTAS DE PROBIDAD Y HONRADEZ QUE TENGAN CARACTER FRAUDULENTO. JUSTIFICAN LA DESTITUCION Y ANULAN EL TIEMPO DE SERVICIOS ANTERIOR PARA EFECTOS DE JUBILACION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 45, Quinta Parte; Pág. 34
Las faltas de probidad y honradez en que incurran los trabajadores al servicio de ferrocarriles, cuando tienen el carácter de fraudulentas en perjuicio de la empresa, cometidas durante el desempeño de sus labores, además de justificar su destitución, impiden que se cuente el tiempo de servicios anteriores, para los efectos de la jubilación, de acuerdo con las cláusulas 79, fracción III y 392 del contrato que rige en Ferrocarriles Nacionales de México.
Precedentes
Amparo directo 2163/72. Juan López Salazar. 27 de septiembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.