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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 14
ANTIGÜEDAD. PRUEBA OFRECIDA NO RELACIONADA CON LA CONTROVERSIA, PROCEDE SU DESECHAMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 14
Si uno de los hechos controvertidos lo fue que varios trabajadores de menor antigüedad que la del actor ocupaban un lugar en el escalafón correspondiente y mejores puestos, es indudable que para que la prueba relativa tuviera relación con la controversia debió el actor señalar cuáles eran los trabajadores que a su juicio lo relegaron, y sólo entonces podría aceptarse la prueba, para que la Junta estuviera en aptitud de determinar la exactitud o inexactitud de lo afirmado por el actor, y si el actor no obró en consecuencia, señalando los nombres de los que considera con menos derechos que él, es correcto desechar la prueba correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 1166/72. Néstor Núñez Mata. 21 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.