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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244282
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 26
FERROCARRILEROS. ESPECIALIDAD DE VIA Y CONEXOS. PAGO DEL "TIEMPO INACTIVO" SEGUN LA CLAUSULA 2499 DE LAS PREVENCIONES DE LA CITADA ESPECIALIDAD.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 26
Para que un trabajador del servicio de agua y combustible tenga derecho al pago por tiempo inactivo, de conformidad con las fracciones III y IV de la cláusula 2499 de las Prevenciones de la Especialidad de Vía y Conexos, son necesarios los siguientes requisitos: a) Que sea miembro de una cuadrilla de sección del servicio de agua y combustible; b) Que sea movilizado fuera de su jurisdicción, dentro de la división, por exigencias del servicio; y, c) Que salga fuera de su residencia a ejecutar algún servicio y que por éste permanezca inactivo fuera de su jornada reglamentaria, equiparándose el concepto de residencia al de jurisdicción.
Precedentes
Amparo directo 5820/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 42, página 25. Amparo directo 845/72. Norberto Camarillo López. 23 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Nota: En el Volumen 44, página 26, la tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILEROS. ESPECIALIDAD DE VIA Y CONEXOS. PAGO AL PERSONAL DE PUENTES Y EDIFICIOS, ETC., DEL "TIEMPO INACTIVO" A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA 249 DE LAS PREVENCIONES DE LA CITADA ESPECIALIDAD.".