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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 31
JUBILADOS, INCAPACIDAD DE LOS. RESPONSABILIDAD DEL PATRON.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 31
Es a la empresa a quien corresponde la responsabilidad por las incapacidades que presenten sus trabajadores, como consecuencia de los riesgos de trabajo a que están expuestos, sin que sea obstáculo para ello, el que el trabajador se encuentre jubilado, si se advierte que tal incapacidad es proveniente de la prestación de servicios anteriores.
Precedentes
Amparo directo 1097/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 3 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.