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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 47
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTA DE PROBIDAD DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 47
Si un trabajador dispone, en su provecho, del importe de fondos pagados en la dependencia a su cargo, con ello incurre en falta de probidad, aunque reintegre el faltante en el momento de practicarse la investigación correspondiente, pues la falta de probidad depende del acto mismo de la disposición indebida y no del momento en que se reintegra la cantidad de la que se dispuso.
Precedentes
Amparo directo 1171/72. Roberto Escudero Chargoy. 11 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.