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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 48
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, RETARDOS. JUSTIFICACION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 44, Quinta Parte; Pág. 48
El Tribunal Federal de Arbitraje no puede considerar justificados los retardos en que incurre un trabajador con base en la prueba testimonial que éste le allegue, si durante la tramitación del juicio relativo no demuestra que haya justificado dichos retardos ante la dependencia respectiva.
Precedentes
Amparo directo 1953/72. Secretario de Salubridad y Asistencia. 30 de agosto de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.