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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244330
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Quinta Parte; Pág. 39

PETROLEO, PUESTOS DE PLANTA EN LA INDUSTRIA DEL. LA EMPRESA NO ESTA OBLIGADA A RECONOCER ANTIGÜEDAD A QUIENES SIN DERECHO LOS OCUPAN.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Quinta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 521/72. Petróleos Mexicanos. 13 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 42, página 71. Amparo directo 6102/71. Petróleos Mexicanos. 12 de junio de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen 18, página 54. Amparo directo 6169/69. Petróleos Mexicanos. 18 de junio de 1970. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Nota: En el Volumen 18, página 54, la tesis aparece bajo el rubro "PETROLEROS, ANTIGÜEDAD DE LOS, CUANDO VIOLA EN SU PERJUICIO EL DERECHO DE PREFERENCIA EN LA CONTRATACION.".
Registro digital (IUS): 244330