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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Quinta Parte; Pág. 55
VACANTES, PRESCRIPCION PARA RECLAMAR LAS. MOMENTO EN QUE EMPIEZA A CONTAR.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 43, Quinta Parte; Pág. 55
La prescripción corre a partir del momento en que el trabajador sabe de la existencia de la vacante o de su otorgamiento indebido a otra persona, de conformidad con el artículo 328 de la Ley Federal del Trabajo de 1931.
Precedentes
Amparo directo 3845/71. Rosario Mandujano Castillo. 17 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.