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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "FALTA DE PROBIDAD, LA CONSTITUYE EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR ABANDONE SUS LABORES SIN HABER CONCLUIDO SU JORNADA.".

Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244367
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 23

FALTAS DE PROBIDAD. ABANDONO DEL TRABAJO O INCUMPLIMIENTO DEL MISMO QUE LAS CONSTITUYEN.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 1059/72. Wilfrido Aguilar Nájera. 21 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "FALTA DE PROBIDAD, LA CONSTITUYE EL HECHO DE QUE EL TRABAJADOR ABANDONE SUS LABORES SIN HABER CONCLUIDO SU JORNADA.".
Registro digital (IUS): 244367