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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244387
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 69

LAUDOS, CONGRUENCIA DE LOS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 69

Precedentes

Amparo directo 432/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 2, página 51. Amparo directo 2671/68. Emigdio Trujillo Cano. 20 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen CXXI, página 19. Amparo directo 7025/66. Compañía Operadora de Teatros, S.A. 12 de julio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Registro digital (IUS): 244387