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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244399
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 79
RESCISION, CAUSALES DE. CITA ERRONEA DE PRECEPTOS LEGALES.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 79
El hecho de citar erróneamente un precepto legal, no produce como resultado el desechar la causa de rescisión, si ésta existe y se prueba, conforme a lo dispuesto por el artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo de 1931.
Precedentes
Amparo directo 6276/71. Isabel Orozco Valencia. 26 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.