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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244409
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 107
PETROLEROS, CASA HABITACION PARA LOS. COMPUTO DEL INTERES QUE ABSORBE LA EMPRESA.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Quinta Parte; Pág. 107
Los cuatro puntos de interés del capital que, sin exceder de ciento treinta mil pesos, absorbe Petróleos Mexicanos en operaciones que hagan sus trabajadores a fin de comprar o construir casa habitación, se calculan aplicando una tasa de interés del once por ciento anual, como máximo, al capital que puedan amortizar los trabajadores con el veinticinco por ciento de su salario ordinario, en el plazo de diez años y, por excepción, en el de quince años, y no al capital que los mismos trabajadores decidan invertir en la compra o construcción de su vivienda.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmen 29, página 29. Amparo directo 706/71. Petróleos Mexicanos. 4 de mayo de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Volumen 42, página 95. Amparo directo 5639/70. Federico Castro García. 6 de mayo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
Volumen 30, página 51. Amparo directo 826/71. Emiliano Labarriega Hernández. 7 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Volumen 38, página 33. Amparo directo 4238/71. Jorge Rodríguez Martell. 3 de febrero de 1972. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 42, página 72. Amparo directo 5999/71. Rodrigo Reveles Luna. 21 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.