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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 30
CONTRATO COLECTIVO, TERMINACION DEL, POR FUSION DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO QUE LO CELEBRA EN OTRA ORGANIZACION.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 30
Cuando una empresa celebra contrato colectivo de trabajo con dos organizaciones sindicales distintas y una de ellas acepta que sus socios se fusionen al otro sindicato y que las relaciones laborales se rijan por el contrato celebrado por este último, de hecho aquel sindicato esta admitiendo o consintiendo la terminación del contrato que administraba, por lo que el único contrato vigente es el que celebró la organización a la que se incorporaron todos los trabajadores.
Precedentes
Amparo directo 464/61. Sindicato de Empleados de Cantinas, Hoteles y Restaurantes de Tijuana, Baja California. 24 de abril de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.