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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 58
HUELGA, IMPUTABILIDAD DE LA. PRUEBA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 58
Si el laudo combatido se apoya en las consideraciones de que la directamente responsable de las violaciones del contrato colectivo de trabajo es la empresa demandada, y ésta con las pruebas que aporta, no demuestra su inculpabilidad, en tanto que el sindicato actor prueba la violación del precepto contractual respectivo, debe de estimarse que esas consideraciones por cuanto al estudio de las causas de la imputabilidad de la huelga, son correctas.
Precedentes
Amparo directo 2260/71. Dorset, S.A. 26 de abril de 1972. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Secretario: J. Jesús Rendón Huerta.