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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 81
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, FALTAS DE PROBIDAD Y HONRADEZ DE LOS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 40, Quinta Parte; Pág. 81
El retirar un trabajador del Estado de la caja a su cargo una determinada cantidad para ser utilizada en satisfacer sus necesidades particulares, constituye un acto que implica falta de probidad y honradez, supuesto que distrae de su objeto cantidades pertenecientes a la nación, las que debe conservar precisamente en el sitio respectivo de la oficina. No cambia la situación anterior el hecho de que se devuelva la suma de dinero, porque de todas maneras el acto de disposición de la misma ya se ejecutó, sin que valga tampoco el alegato acerca de que la cantidad se toma a cuenta del sueldo, si en autos no queda probado que él sea la persona indicada para pagar los sueldos del personal.
Precedentes
Amparo directo 5082/71. Isidro Marcial Aguilar. 24 de abril de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.