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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244497
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Quinta Parte; Pág. 17
DESPIDO, APARICION DEL TRABAJADOR EN NOMINAS, EN FECHA POSTERIOR AL.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Quinta Parte; Pág. 17
El hecho de que el trabajador aparezca en las nóminas con posterioridad a la fecha en que dice fue despedido, no implica la inexistencia del despido, sino que únicamente constituye un indicio sobre el particular, que necesita estar corroborado por otros elementos probatorios para producir convicción plena, toda vez que es factible que después de que el trabajador haya sido despedido, siga siendo incluido en las nóminas respectivas, ya sea por error o por otra circunstancia.
Precedentes
Amparo directo 3863/71. Tejidos King, S.A. 3 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.