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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Quinta Parte; Pág. 20
FERROCARRILEROS, JUBILACION DE LOS. DISPOSICIONES APLICABLES.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Quinta Parte; Pág. 20
Todo lo relacionado en materia de jubilaciones se rige y está sujeto a lo establecido en la contratación colectiva correspondiente, y las disposiciones respectivas no pueden verse alteradas o infringidas por simple disposición de un funcionario de la empresa, ya que ello equivaldría a que pudiera modificarse unilateralmente el pacto colectivo de trabajo.
Precedentes
Amparo directo 3709/71. Fausto Sigala Ontiveros. 3 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.