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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
244511
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Quinta Parte; Pág. 33

PETROLEROS, CASAS HABITACION PARA LOS. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 38, Quinta Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo directo 4236/71. Joaquín Machuca Jiménez. 11 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Amparo directo 4238/71. Jorge Rodríguez Martell. 3 de febrero de 1972. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 30, página 51. Amparo directo 826/71. Emiliano Labarriega Hernández. 7 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volumen 29, página 29. Amparo directo 706/71. Petróleos Mexicanos. 4 de mayo de 1971. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Registro digital (IUS): 244511