Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/244537
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244537
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Quinta Parte; Pág. 23
GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS. NO INTEGRAN EL SALARIO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Quinta Parte; Pág. 23
Las gratificaciones ordinarias forman parte del salario del trabajador, no así las extraordinarias, puesto que el salario corresponde a la labor ordinaria, permanente.
Precedentes
Amparo directo 4320/71. Lilia Villanueva León. 26 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.