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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Quinta Parte; Pág. 25
INDUSTRIA HULERA, ASCENSOS EN LA. SISTEMA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Quinta Parte; Pág. 25
Los ascensos de los trabajadores que laboran en empresas donde los escalafones han sido formados por especialidades o departamentos, en los términos del artículo 18 del Contrato Ley de la Industria Hulera, se otorgan en función de la mayor antigüedad de los interesados en la especialidad o departamento al que corresponda la vacante, y no por el mayor tiempo de servicios en la empresa.
Precedentes
Amparo directo 935/71. Zeferino Ocampo Muñoz. 4 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "INDUSTRIA HULERA. COMO SE OBTIENEN LOS ASCENSOS EN LA.".