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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 244542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Quinta Parte; Pág. 30
PRUEBAS ADMITIDAS POR LAS JUNTAS Y NO DESAHOGADAS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Quinta Parte; Pág. 30
Cuando la Junta responsable admite las pruebas ofrecidas y no las desahoga, procede la concesión del amparo para el efecto de que se subsane tal violación al procedimiento, practicándose dichas pruebas para su debido examen y valoración y se resuelva como proceda en derecho.
Precedentes
Amparo directo 4646/71. Hilados y Tejidos "La Independencia", S.A. 21 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.